Yo me pregunto a veces de que sirven tantas investigaciones y tantos juicios si luego los politicos se pueden acoger a los indultos para evitar cumplir toda la pena impuesta, de que sirve saber de que finalmente algunos corruptos acaban en la prisión si luego sus abogados consiguen reducción de pena o indultos a cambio de favores o de un silencio.
El expresidente de la Diputación y del PP de Castellón, Carlos Fabra, se sienta a partir de este miércoles en el banquillo de los acusados para responder a las acusaciones de tráfico de influencias, cohecho y cuatro delitos contra la Hacienda Pública en el ‘caso Naranjax’, tras una instrucción que ha durado casi 10 años, llena de recursos y de cambios en el juzgado de Nules encargado de la causa, por la que han pasado hasta nueve jueces.
Fabra se enfrenta a una petición de hasta 13 años de prisión por parte de Fiscalía, que también le reclama una multa de 1,98 millones de euros y una indemnización de 693.000 euros. Además de Fiscalía, figura como acusación la Unión de Consumidores y también es parte en el proceso la Abogacía del Estado. Junto a Carlos Fabra se sientan en el banquillo su exmujer, Amparo Fernández, así como el empresario Vicente Vilar y su exesposa, Montserrat Vives.
El ex dirigente ‘popular’ llega al juicio oral con el único cargo de secretario general de la Cámara de Comercio de Castellón, puesto que en junio de 2010 abandonó la presidencia de la Diputación Provincial tras 16 años al frente de la institución, mientras que en julio de 2012 dejó de dirigir el PP provincial. Este mismo año, dimitió como presidente de la promotora del aeropuerto de Castellón (Aerocas) tras el auto de apertura de juicio oral.
El origen de este proceso se sitúa en diciembre de 2003, cuando el empresario Vicente Vilar, propietario de la firma Naranjax y hasta entonces amigo de Fabra, presentó dos querellas en los juzgados de Nules en las que acusaba al expresidente de la Diputación de cobrarle dinero a cambio de favorecer a su empresa en la comercialización de productos fitosanitarios. A esta denuncia, en 2005, se sumó otra de la Agencia Tributaria por presunto fraude fiscal, que el juzgado admitió a trámite y anexionó al proceso ya abierto.
Durante todo este tiempo, la Audiencia Provincial de Castellón ha dictado algunas resoluciones que posteriormente han sido revocadas por el Tribunal Supremo. La primera de mayor calado fue en diciembre de 2010, cuando la sección segunda sobreseyó la causa por supuestos delitos fiscales cometidos entre los años 2000 a 2003 –cuatro de los cinco por los que estaba siendo investigado– al considerar que no se había producido un acto de interposición judicial que interrumpiera el plazo de prescripción de estas conductas.
El Tribunal Supremo (TS) revocó esta decisión al considerar que no podían declararse prescritos los delitos fiscales que se le imputaban inicialmente al expresidente del PP de Castellón, acogiendo así los recursos que habían presentado Fiscalía, la Abogacía del Estado y la Unión de Consumidores.
La segunda de mayor relevancia fue cuando la sección primera declaró en mayo de 2012 la nulidad parcial del auto de apertura del juicio oral, tras haber resuelto previamente la sección segunda que los hechos imputados al expresidente de la Diputación no eran constitutivos de cohecho. Este hecho suponía que el caso pasaba a ser enjuiciado por un juzgado de lo Penal en lugar de la Audiencia, con una importante reducción en los años de condena aparejados a los delitos atribuidos.
AMPARO ANTE EL CGPJ
Esta decisión de la Audiencia provocó que el juez Jacobo Pin, que ha concluido la instrucción, solicitase amparo ante el Consejo General del Poder Judicial, al creer que la sección primera había “perturbado” su independencia al “tratar de imponer indirectamente el sobreseimiento del delito de cohecho” imputado a Carlos Fabra.
El órgano de gobierno de los jueces archivó la petición después de que el TS diera la razón al juez, ya que acordó remitirle las actuaciones en relación con este caso para que “con absoluta libertad de criterio” dictase un nuevo auto de apertura de juicio oral, en el que se incluyó de nuevo la atribución de delito de cohecho.
Durante este proceso judicial, el presidente de la Audiencia Provincial de Castellón, Carlos Domínguez, decidió abstenerse de juzgar al exdirigente del PP, tras alegar que tenía un “trato cordial y afable” con el expresidente ‘popular’.
70 TESTIGOS Y VARIOS PERITOS
El juicio, que dará comienzo este miércoles, se prolongará durante los días 3, 4, 8, 11, 15, 16, 18, 22, 23, 29 y 30 de octubre. El interrogatorio de los acusados se ha previsto para las tres primeras jornadas. Un total de 30 medios de comunicación se han acreditado para cubrir informativamente el juicio, entre periodistas, técnicos y fotógrafos.
Para Vicente Vilar, la Fiscalía solicita cuatro años de prisión y multa de 600.000 euros, al igual que para la exmujer de este último, Montserrat Vives, ambos acusados del delito continuado de cohecho, según el escrito de acusación. Para la exesposa de Fabra, Anticorrupción reclama seis años de cárcel por tres delitos contra la Hacienda Pública, una multa de 860.000 euros y una indemnización de 428.644,5 euros.
Los tres magistrados de la Audiencia Provincial de Castellón que, en mayo de 2012, intentaron anular la acusación de cohecho del caso Fabra son los mismos que, a partir de este miércoles, juzgarán al expresidente de la Diputación de Castellón y del PP provincial, uno de los pesos pesados históricos de los populares valencianos, Carlos Fabra. Ni la Fiscalía Anticorrupción, ni la Abogacía del Estado ni la acusación popular los han recusado. Y ellos no se han abstenido.
Esa es, de momento, la última anomalía del accidentado proceso que se abrió contra Fabra en diciembre de 2003, hace casi 10 años. Finalmente, el dirigente popular se sienta en el banquillo como presunto autor de un delito continuado de tráfico de influencias, otro de cohecho y cuatro fraudes fiscales. La Fiscalía Anticorrupción pide una pena de 13 años de cárcel, una multa de 1,9 millones de euros de multa y el pago de una indemnización de otros 692.000 euros, cantidad que coincide con la que defraudó a Hacienda entre 1999 y 2003 por unos ingresos injustificados de cerca de dos millones de euros que, además, no declaró.
Por el caso han pasado nueve jueces y cuatro fiscales. Han cambiado algunos de los abogados y también el número de imputados y delitos. Incluso ha variado el tipo de procedimiento, que empezó siendo el de tribunal con jurado.
Mientras, Carlos Fabra permaneció en el poder, siguió gestionando dinero público desde la Diputación, dictando, con mando en el PP provincial, las directrices del partido que gobernaba la mayoría de los municipios de Castellón, en el Ayuntamiento de la capital y en la comunidad autónoma. Con el respaldo y el consentimiento de todos sus superiores orgánicos y del partido, sin que nadie exigiera, nunca, una explicación a las acusaciones y la investigación judicial. Incluso, trató de secuestrar las ediciones de los medios de comunicación que informaban del caso.
La primera titular del juzgado fue Isabel Belinchón, que ordenó, de oficio, la apertura de la investigación a Fabra. Poco después dejó su destino al ser ascendida a magistrada y trasladada a Teruel. Fue reemplazada por una juez sustituta. La tercera juez que se hizo cargo del sumario también fue ascendida y trasladada. La vacante fue cubierta por una sustituta hasta que llegó la quinta juez, que apenas permaneció unos meses en el juzgado número 1 de Nules, donde se instruía el caso, del que pidió un traslado por motivos personales. Después de otro sustituto, la séptima fue la que más tiempo permaneció en el juzgado, tres años, hasta que en 2008 pidió el traslado al juzgado de al lado, en la misma localidad. La plaza quedó desierta por falta de peticionarios y llego la octava, otra juez sustituta que permaneció algo más de un año.
Jacobo Pin, el actual titular del juzgado de Nules, fue el que acabó la instrucción y dictó la apertura de juicio oral, no sin sufrir por ello. Tanto que en junio de 2012 pidió amparo al Consejo General del Poder Judicial. “Soy consciente de que puede parecer inusual que un miembro del Poder Judicial acuda en amparo ante el Consejo contra un órgano judicial superior, pero es evidente que la presente perturbación de mi independencia, que debe velar mi actuar, no es una mera cuestión jurisdiccional”, denunció el juez señalando a la sección Primera de la Audiencia Provincial como origen de las presiones. La sección y los magistrados que ahora han de juzgar y sentenciar a Fabra. “Está tratando de imponer indirectamente el sobreseimiento del presunto delito del cohecho”, afirmó. Esa sección primera, un mes antes, había decidido que Fabra no tenía que ser juzgado por cohecho, una acusación que nunca se levantó. La cuestión llegó hasta el Tribunal Supremo que ordenó seguir las instrucciones de Pin, al que se dio “total libertad”, como juez instructor, para señalar los delitos por los que Carlos Fabra debía sentarse en el banquillo.
“¿Usted arriesgaría su carrera política y profesional por la cuestión de tráfico de influencias, máxime estando tan próximas las elecciones generales y por un precio tan irrisorio como se ha cifrado aquí?”, fue una de las preguntas que el primer fiscal del caso, Javier Arias, hizo a Carlos Fabra. Tras la victoria del PSOE en las elecciones de 2004, Anticorrupción se hizo cargo de la acusación pública, aunque dos de sus fiscales también dejaron el procedimiento para pasar al ámbito privado.
Tampoco la Abogacía del Estado ha estado exenta de polémica. Después de que la Agencia Tributaria presentara la primera denuncia por fraude fiscal, por el ejercicio de 1999, la representación del Estado se personó en la causa para reclamar la devolución de las cuotas supuestamente defraudadas y las posibles multas. En 2010, la controvertida Audiencia Provincial decidió que cuatro de los cinco delitos fiscales que se le imputaba al dirigente del PP estaban prescritos. Tanto Anticorrupción como la acusación popular recurrieron el archivo de esos delitos pero a la Abogacía del Estado se le pasó el plazo y, finalmente, tuvo que acogerse a la petición de revisión que hizo la fiscalía. Tuvo que ser el Tribunal Supremo el que determinara que los delitos no habían prescrito, ya que se encontraban en investigación.
Carlos Fabra no ha sido el único investigado en el proceso. En 2006, la justicia decidió que las pesquisas se extendieran a su familia, ante la posibilidad de que los mecanismos delictivos se hubieran extendido. Hoy solo su exesposa, María Amparo Fernández, se sentará también en el banquillo de los acusados tras las conclusiones de un vasto informe pericial que determinó que el dirigente del PP y su familia cuadruplicaron su patrimonio en cinco años y que la señaló como autora de otros tres delitos fiscales por un fraude de 400.000 euros derivados de ingresos no justificados por valor de 1,4 millones de euros.
“Nunca he sacado provecho personal de mi condición de presidente de la Diputación de Castellón o de presidente del Partido Popular en la provincia. Mi actividad pública nunca me ha reportado ningún beneficio o ingreso distinto de la retribución oficial”, ha sido todo este tiempo la defensa tras la que se parapetó Fabra.