un formulario de cesión de derechos de imagen que todo fotógrafo debería llevar en la bolsa

0
762

ANC-Via-CatalanaFotografiar personas en espacios públicos y privados sin su consentimiento puede constituir un ilícito civil. ¿Qué quiere decir esto? Pues que si una persona se siente perjudicada en su derecho a la imagen podría presentar una demanda por la vía civil contra el fotógrafo o el medio donde la foto ha salido publicada, y sería un juez quien decidiría si se ha producido un perjuicio indemnizable.

Es por ello que pedir a las personas que fotografiamos que nos cedan su derecho de imagen es importante para evitar demandas legales, sobre todo en los casos en que queramos usar su foto con fines comerciales o publicitarios. Esta cesión se realizará siempre a través de un documento conocido como model release, que dice que la persona fotografiada ha dado su consentimiento para utilizar su imagen.

Aquí tenéis un ejemplo de model release que podéis utilizar como base para crear vuestro propio formulario de cesión de derechos:

 

 

Contrato de cesión de derechos de imagen

Por medio del presente documento, yo (nombre del modelo) _______________________, con DNI número _____________ otorgo a (nombre del fotógrafo) ________________, con DNI número _____________ el derecho y permiso ilimitado e irrevocable para captar, registrar, usar, reutilizar, publicar, republicar y distribuir retratos fotográficos o imágenes de mi o en las cuales yo esté incluído o incluida, a través de cualquier medio, sin limite en el tiempo, para ilustración, promoción, arte, editorial, publicidad, comercio o cualquier otro propósito.

Asimismo, cedo el derecho a mi propia imagen al fotógrafo para que éste pueda transmitirlo a terceros si es necesario, y acuerdo salvaguardar a él, sus herederos, representantes legales y todas las personas que actúen bajo su permiso o autoridad o aquellos por quienes él o ella esté actuando, de cualquier reclamación por difamación, calumnia o invasión de la privacidad.

Por medio del presente documento también renuncio a cualquier remuneración por derechos a mi propia imagen que puedan derivarse de cualquier utilización.

Garantizo que soy mayor de edad legal y tengo el derecho de acordar contratos en mi propio nombre. He leído la autorización, cesión y acuerdo anterior antes de su ejecución y estoy totalmente de acuerdo con sus contenidos. Esta cesión de derechos de la propia imagen debe ser vinculante sobre mí y mis herederos, mis representantes legales y mis asignados.

Fecha _______________________
Nombre ________________________
Domicilio ________________________

 

Noticia relacionada:

El diario As, condenado a pagar 8.000 euros a una ‘chica de contraportada’

El diario deportivo ‘As’, cabecera del Grupo Prisa, ha sido condenado a abonar a una joven cordobesa 8.000 euros por un delito de vulneración del derecho a la imagen al publicar una fotografía suya en la contraportada del periódico el 26 de septiembre de 2011 sin su consentimiento.

El titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Córdoba, Antonio Javier Pérez Martín, ha considerado que es “razonable” fijar una indemnización de 8.000 euros a la joven, pues el uso de su imagen “no tenía ningún interés periodístico” dado que el evento deportivo que tuvo lugar dicho día era el centro de la atención para el periodista que se desplazó al campo de fútbol. La fotografía se publicó, según consta en la demanda, “en una sección destinada a mujeres semidesnudas, posando y habitualmente con actitudes insinuantes sexualmente”.

El juez dice en el fallo judicial, al que ha te nido acceso ELMUNDO.es, que la demandante “no aparece de forma accesoria o en un segundo plano en la fotografía sino que constituye el motivo principal, exclusivo y único de la misma”. Por otro lado, el togado estima que la circunstancia de que la chica estuviese prestando los servicios de azafata del club de fútbol no la excluye de ser titular del derecho a la imagen.

Junto a la fotografía se inserta un texto que «si bien puede halagar a alguna señora, la mayoría puede rechazarlo por su carácter machista, como ha sido el caso», continúa el magistrado. El pie rezaba: “Sucedió en Alcorcón, mientras el equipo local daba cuenta del Deportivo. Allí en las gradas de Santo Domingo, apareció esta hierática joven de rompe y rasga, empleada del club, tal y como indica su pañuelo amarillo. Los éxitos de un club se levantan sobre sólidos cimientos. Con ustedes el más hermoso”. El nombre de la joven no aparecía en la fotografía ni en el texto y el juez deja claro además en la sentencia que ésta “carece de toda connotación negativa”.

Pérez Martín explica en el fallo que se puede entender que se ha vulnerado el derecho a la imagen de la joven, desoyendo así las alegaciones ofrecidas por el diario As respecto a que “es habitual que en retransmisiones deportivas, en determinados momentos, se capte la imagen de personas, sin que ello implique la vulneración del derecho a la imagen”.

El magistrado sostiene que una “simple imagen, cambiada de contexto, se convierte en otra cosa distinta”. Por tanto, careciendo la demandante de ninguna notoriedad pública, “estaba fuera de lugar que su fotografía apareciese en la contraportada del diario”.

Además de resarcir a la chica con 8.000 euros, el diario deberá retirar la fotografía de su página web y abstenerse de volver a reproducirla en el futuro sin consentimiento.

Contra este fallo judicial, fechado el 25 de septiembre de 2013, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Córdoba en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación el pasado día 2 de octubre

 

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here

Aquest lloc utilitza Akismet per reduir els comentaris brossa. Apreneu com es processen les dades dels comentaris.